Calculadora de cuota de autónomos 2026

Dinos cuánto prevés ingresar y gastar y te decimos en qué tramo estás y cuánto pagas cada mes a la Seguridad Social.

Cifras

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Tus ingresos y gastos previstos

Lo que prevés en todo el año, siempre sin IVA

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¿Acabas de darte de alta?

Tramos oficiales de 2026Tipo de cotización: 31,5 %Gratis y sin registro

Cómo se calcula la cuota de autónomos

PASO 1

Tu rendimiento neto

Ingresos menos gastos deducibles del año. La cuota de autónomos no se resta aquí.

PASO 2

Menos un 7 % y entre 12

Se descuenta un 7 % por gastos genéricos y se divide entre 12 para tener la cifra mensual.

PASO 3

Tramo y cuota

Esa cifra te sitúa en uno de los 15 tramos. Tu cuota es el 31,5 % de la base que elijas dentro de él.

Ejemplo: prevés ingresar 36.000 € al año con 8.000 € de gastos. Tu rendimiento es 28.000 €; menos el 7 % quedan 26.040 €, unos 2.170 € al mes. Estás en el tramo de 2.030 a 2.330 € y tu cuota mínima es 401,47 € al mes.

Fuentes oficiales

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula mi rendimiento neto para la cuota?

Son tus ingresos menos los gastos deducibles de la actividad, sin restar la propia cuota de autónomos. A eso se le aplica una deducción del 7 % por gastos genéricos (3 % en algunos casos, como los socios de sociedades) y se divide entre 12.

¿Qué pasa si al final gano más o menos de lo previsto?

La Seguridad Social regulariza al año siguiente con los datos de Hacienda: si cotizaste de menos te reclama la diferencia, y si cotizaste de más te la devuelve. Puedes cambiar de tramo varias veces al año para ajustarte.

¿Qué es la tarifa plana?

Si te das de alta por primera vez, o tras dos años sin ser autónomo, pagas 80 € al mes durante los primeros 12 meses, ganes lo que ganes. Puede ampliarse otros 12 meses si tus rendimientos son bajos.

¿Qué incluye el 31,5 %?

Contingencias comunes (28,3 %), contingencias profesionales (1,3 %), cese de actividad (0,9 %), formación profesional (0,1 %) y el mecanismo de equidad intergeneracional (0,9 % en 2026).

También te puede servir

Resultado orientativo para autónomos persona física en el régimen general (RETA), con la deducción del 7 % por gastos genéricos. Los socios de sociedades y otros colectivos tienen reglas propias. Para tu caso concreto, consulta con tu gestoría o en la sede de la Seguridad Social.